El Constitucional legaliza Sortu
El Pleno del Tribunal Constitucional, totalmente dividido en dos a pesar de pasarse un mes de intenso debate en busca del mayor consenso, ha acordado hoy por seis votos a favor y cinco en contra anular el fallo que dictó el Supremo el 24 de marzo de 2011 y con el que confirmó la decisión del Gobierno de vetar que la formación independentista concurriera a las elecciones municipales y forales de mayo del pasado año.
El Pleno finalmente dio el visto bueno, con algún cambio de última hora, al segundo borrador de la ponente, la magistrada progresista Elisa Pérez Vera, que sostiene que vetar definitivamente a Sortu sería un daño irreparable a los derechos a la participación política de los candidatos y de los electores.
El texto, que acepta algunos de los argumentos del abogado del partido, Íñigo Iruin, arguye en líneas generales que el Supremo hace 15 meses violó los derechos al acceso en igualdad de condiciones a cargos públicos y de participación en asuntos públicos, y que el alto tribunal también había conculcado la libertad ideológica, de expresión y asociación de los votantes y candidatos.
El argumento principal de la corte de garantías para revocar el criterio del Supremo es que la condena expresa del terrorismo y de ETA en los estatutos del partido es suficiente para "contrarrestar" cualquier indicio que apunte que realmente el partido lo que pretende es apoyar desde la política a la organización armada.
El Constitucional, según fuentes judiciales, sostiene que es imposible jurídicamente valorar la "sinceridad" del partido a la hora de redactar sus estatutos, por lo que esta declaración es un "contraindicio" suficiente ante los informes de la Fiscalía o la Abogacía del Estado que apuntaban su sumisión a la banda.