El Senado aprueba definitivamente la ley que reducirá la temporalidad en las Administraciones

Las plazas ocupadas de forma temporal y de manera  ininterrumpida desde antes del 1 de enero de 2016 se  convocarán por el sistema de concurso en un proceso de  carácter excepcional 

El Senado ha aprobado este miércoles el  Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad  en el empleo público, lo que implica que la norma obtiene su visto bueno definitivo y concluye por tanto su trámite en las Cámaras, tras haber  logrado su aprobación también en el Congreso de los Diputados el pasado  2 de diciembre.  

La ley tiene su origen en el Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio,  aprobado en el Consejo de Ministros, texto que se convalidó en el  Congreso de los Diputados el 21 de julio, fecha desde la que se ha venido  tramitando en las Cámaras como Proyecto de Ley por el procedimiento de  urgencia.  


La norma, además de haberse enriquecido con el diálogo en las Cámaras  entre los diferentes grupos políticos, se ha negociado con los  representantes de los trabajadores del sector público y también con los  diferentes niveles de la Administración. De esta manera, el texto original  proviene de un acuerdo refrendado en la Mesa General de Negociación  con los sindicatos CC OO, UGT y CSIF, así como del debate dentro de la  Conferencia Sectorial de la Administración Pública y de las reuniones de  la Comisión Coordinadora del Empleo Público, en las que participan tanto  las Comunidades Autónomas como la Federación Española de Municipios  y Provincias (FEMP).  

El objetivo de la ley que se ha aprobado hoy en el Senado es reducir la  temporalidad del conjunto de las Administraciones por debajo del 8%, una  ratio que a día de hoy sí cumple la Administración General del Estado, pero  no otros ámbitos territoriales. Éste es, a su vez, un compromiso que  adquirió el Gobierno con la Unión Europea a través de las reformas  contenidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Y  supone también cumplir con las sentencias del Tribunal de Justicia de la  Unión Europea y del Tribunal Supremo. 

Aspectos destacados de la norma 

Entrando en el contenido de la norma que ha logrado el respaldo de la  Cámara Alta en el Pleno de esta semana, las Administraciones Públicas  deberán ofertar, antes del 1 de junio de 2022, las plazas de trabajadores  temporales que están actualmente ocupadas. Los procesos selectivos  deberán finalizar antes del 31 de diciembre de 2024. 

Un proceso de concurso-oposición será el que dará acceso a estas plazas.  La fase de concurso ponderará un 40% y la experiencia será el elemento  determinante en la valoración. Los ejercicios de la fase de oposición  podrán considerarse no eliminatorios. Asimismo, las diferentes  Administraciones podrán adaptar el temario y el tipo de pruebas para la  estabilización del empleo, según consideren más apropiado para cada  ámbito.  

Las plazas que hubieran estado ocupadas con carácter temporal de  manera ininterrumpida desde antes del 1 de enero de 2016 se convocarán  por el sistema de concurso de manera excepcional. Esto significa que las  plazas estructurales de la Administración que lleven al menos cinco años ocupadas de forma interina, así como las ocupadas por personas interinas  que lleven más de cinco años empleadas en la Administración se  convocarán a través de este proceso extraordinario para su estabilización. 

El personal interino que no supere este proceso selectivo tendrá derecho  a una indemnización de veinte días por año trabajado hasta un máximo de  doce meses. Estas personas también se incorporarán a una bolsa de  empleo específica.  

La aplicación de la norma alcanzará a todos los niveles de la  Administración, a todas las sociedades mercantiles públicas, a las  entidades públicas empresariales, a las fundaciones y los consorcios del  sector público, por lo que el proceso de regularización se efectuará en  todos esos ámbitos, sin perjuicio de que pueda adecuarse a su normativa  específica.  

Del mismo modo, tanto el personal funcionario como el laboral, siempre  que cumpla las condiciones requeridas, se beneficiará de la estabilización  que recoge la ley.  
El impulso de esta norma por parte del Gobierno para reducir la  temporalidad en las Administraciones Públicas es un ejemplo más de su  compromiso con lo público, tanto con la calidad del empleo de las personas  que trabajan en este entorno, como con la excelencia de los servicios del  Estado del Bienestar que se prestan a la ciudadanía.  
Medidas adoptadas de refuerzo del empleo público. 

En este sentido, ayer mismo, el Consejo de Ministros aprobó una Oferta  de Empleo Público extraordinaria para reforzar al Servicio Público de  Empleo Estatal con 926 plazas adicionales, lo que supone un impulso de  más de un 10% a su plantilla, que se habría incrementado casi un 20% con  las incorporaciones que se han producido en el conjunto de todo el año.  

Asimismo, el pasado julio el Gobierno aprobó la mayor Oferta de Empleo  Público de la historia, con un total de 30.445 nuevos puestos, sumando las  plazas aprobadas previamente para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad  del Estado y para las Fuerzas Armadas. Con ello, en los tres años de  Gobierno de Pedro Sánchez el número de nuevos puestos para la  Administración se acerca a los 110.000.

Los Presupuestos Generales del Estado para 2022 incorporan una subida  salarial del 2% para empleadas y empleados públicos. Asimismo, incluyen  una reposición del 110% como tasa general; del 120% para los sectores  prioritarios (sanidad, educación, ciencia…); y del 125% para las Fuerzas y  Cuerpos de Seguridad del Estado, policías autonómicas y locales.