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jueves, 26 de diciembre de 2024 00:00h.

ASG pide protección y exclusividad para los productores gomeros de Miel de Palma

Curbelo ha presentado una Proposición no de Ley en el Parlamento de Canarias, que defiende la producción agroalimentaria insular frente a la competencia desleal

 

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El uso del término y la comercialización de Miel de Palma debe ser exclusividad de los productores gomeros, según lo entienden los diputados de Agrupación Socialista Gomera (ASG), que han presentado una Proposición no de Ley (PNL) en el Parlamento de Canarias, en la que defienden la producción agroalimentaria insular frente a la competencia desleal.
 
Casimiro Curbelo informa de que en la iniciativa, que se debatirá en el próximo pleno del día 15, tiene como finalidad garantizar la elaboración de un producto singular, que los gomeros han conservado generación tras generación. Explica que, además, se propone al Gobierno de Canarias que, en colaboración con el Cabildo de La Gomera, cree un listado de los productores de la Isla, para que obtengan una denominación de origen que certifique la elaboración de producto elaborado en la isla.
 
Han sido muchas las iniciativas que desde el Cabildo de La Gomera se han llevado a cabo en los últimos años en defensa de este producto autóctono, que nos ha llevado a movilizarnos tanto ante el Gobierno regional, como ante el Ejecutivo nacional e incluso en la Unión Europea”, declara antes de agradecer que cada vez sean más los grupos que se sumen a la defensa de los valores autóctonos de la isla.
 
“Es tiempo ya de pasar a los hechos, por eso damos un paso más, que confiamos  en que sea definitivo y para el que aprovechamos la presencia de ASG en el Parlamento, donde instaremos a aprobar una PNL, en la que se apela al Estado y a Europa a crear una denominación de origen protegida y a que se exceptúe y permita, de acuerdo con la norma la de calidad,  el uso y comercialización en exclusividad”, añade.
 
El representante de ASG apunta que, además, se pide al Ejecutivo canario que articule  las medidas coercitivas oportunas que impidan el uso fraudulento del nombre de productos agroalimentarios gomeros. “No se puede comercializar como producto gomero aquel no tiene su origen y elaboración en la isla”, concluye.