Las asociaciones culturales y deportivas de Hermigua ya pueden solicitar su subvención municipal

El plazo finaliza el próximo 2 de enero de 2018

“El Ayuntamiento ha publicado hoy la convocatoria de las ayudas a las entidades culturales y deportivas sin ánimo de lucro en el municipio” informa Pedro Negrín, alcalde de la Villa de Hermigua quien también destaca que “los responsables de las mismas tienen de plazo hasta el próximo 2 de enero para presentar la solicitud en el Registro de Entrada de este Consistorio. La información al completo está a disposición de los usuarios en la web municipal www.villadehermigua.com”.

Nuria Niebla, concejal de educación, juventud, cultura y deportes ha señalado por su parte que “podrán ser beneficiarios de las subvenciones todas aquellas asociaciones sin ánimo de lucro cuya sede social radique en Hermigua  inscritas en el registro correspondiente, que realicen proyectos y actividades  deportivas o culturales en este término municipal en beneficio de sus vecinos.”

“Como hecho destacable y con el fin de agilizar los trámites y requerimientos a las entidades beneficiarias, y en el ánimo de no solicitar documentación ya obrante en este Ayuntamiento, se recoge en las bases de la Convocatoria que aquellas entidades que ya han percibido otros años ayudas de esta índole podrán hacerlo constar a efectos de no presentar, de nuevo y en su totalidad, la documentación requerida como estatutos, cif, alta a terceros, etc.”.

La Concejal de Cultura recuerda que “quedan excluidas de estas ayudas, aquellas peticiones realizadas por cualquier Administración Pública, organismos autónomos, partidos políticos y asociaciones cuyos objetivos no se encuentren los de índole deportiva o cultural.”

“Igualmente –continúa Niebla-- se establecen dos modalidades de beneficiarios atendiendo al fin objeto de la entidad; por una lado las asociaciones  culturales en la que entra cualquier tipo de asociación sin ánimo de lucro,  no excluida expresamente, que lleve a cabo actividades de este tipo, incluyendo las musicales, folklóricas, juveniles, mujeres, vecinales u otras similares. Por otro lado, las Asociaciones deportivas. En este concepto entrarán únicamente las entidades deportivas, sin ánimo de lucro, registradas como tales.”