El Cabildo de La Gomera aprueba la ordenanza y el reglamento de funcionamiento del centro sociosanitario de San Sebastián
El Cabildo de La Gomera aprueba, inicialmente, la ordenanza y el reglamento de funcionamiento del nuevo centro sociosanitario de la isla, ubicado en el municipio de San Sebastián. De esta forma, el Pleno de la Corporación insular da luz verde a este documento que rige la prestación de servicios asistenciales de esta infraestructura.
Este reglamento tiene como fin la ordenación, el funcionamiento y demás normas sobre los derechos y obligaciones de las personas usuarias, sus relaciones entre ellas, sus familiares y representantes legales, el personal profesional de los servicios y programas, así como el voluntariado que opere en el centro.
Con este centro se pretende prestar la atención necesaria a las personas usuarias según su necesidad de apoyo, ofreciendo un espacio seguro, accesible y adaptado a las necesidades funcionales de los dependientes en un ambiente confortable. Asimismo, se velará por proporcionar una convivencia armoniosa entre las personas usuarias, mejorando su calidad de vida, su bienestar y su satisfacción con el propio proceso de apoyos, favoreciendo la autoestima, el desarrollo personal y la integración socioambiental.
El Centro Sociosanitario se configura así como un servicio público destinado a las personas mayores dependientes, y de acuerdo a este carácter de servicio público y social, ha de procurar la mejor atención a residentes y usuarios del centro de día, así como mantener el buen orden en sus relaciones con los familiares y personal del centro.
Cartera de servicios
Este reglamento incluye la relación de servicios esenciales de la actividad residencial, tales como alojamiento y manutención, lavandería, plancha y costura; cocina propia con variedad de menús, limpieza, higiene y aseo personal, atención y ayuda personal en las actividades diarias, y asistencia sanitaria de baja complejidad técnica.
A ello se suma el control y seguimiento médico, la gestión y tramitación de recetas, y el control de citas y de consultas médicas y especialistas, además de un sistema personalizado de dosificación de medicamentos.
También se abordan actuaciones preventivas y rehabilitadoras, junto a programas de estimulación cognitiva y sensorial, de dinamización sociocultural, de rehabilitación, y de deambulación de movilizaciones, además de reentrenamiento en las actividades básicas de la vida diaria.
Completan esta cartera de servicios la estimulación de la alimentación oral y del cuidado de la imagen, entrenamientos en habilidades personales y sociales, cauces de participación y promoción del ocio y la cultura, actividades festivas y lúdicas, recepción y videovigilancia, transporte, asistencia religiosa y peluquería y podología.
Además, el reglamento aprobado establece que para poder ser usuario del centro sociosanitario, se habrán de reunir los requisitos de edad previstos en la Ley 3/1996, de 11 de julio, de participación de las personas mayores y de la solidaridad entre generaciones, además de tener reconocida la situación de dependencia.
Las personas interesadas en solicitar plaza deben tener reconocida la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema ante la Dirección General de Dependencia y Discapacidad del Gobierno de Canarias, que posteriormente remitirá al Cabildo insular la relación de personas con derecho al servicio.
En lo que se refiere al pago del servicio, éste irá ligado a la renta del usuario, disponiéndose distintos supuestos de bonificación en función de la situación socioeconómica del mismo, y que están recogidos en este reglamento.
Otros ámbitos de interés
El Reglamento contempla la relación de derechos y deberes de las personas usuarias del centro, así como las normas de funcionamiento sobre el uso de habitaciones, relaciones con el personal, programas de actuación, servicio médico-sanitario y de comedor, medidas higiénico-sanitarias, mantenimiento del centro, y de información a los familiares, además del procedimiento de sugerencias, quejas y reclamaciones.
A ello se suma las reglas sobre los horarios del centro y sus servicios, junto al régimen de visitas, salidas y de comunicación con el exterior; y el disciplinario.