PSOE Valle Gran Rey presenta alegaciones a la Ordenanza Municipal de Venta Ambulante en Vehículos.

Esta Ordenanza Municipal dispone la prohibición de la utilización de aparatos de megafonía susceptibles de producir molestias a los vecinos

Se trata de una Ordenanza Municipal aprobada inicialmente por el Pleno y que se encuentra en trámite de alegaciones.

 

En el Pleno celebrado el pasado mes de junio se aprobó inicialmente la Ordenanza Municipal de Venta Ambulante en Vehículos, con el voto en contra del PSOE. Los socialistas manifestamos ante el Pleno y públicamente, que entendíamos necesaria la organización de esta actividad, pero no de cualquier forma.

Ya en su día, justificamos nuestro voto en contra considerando “que, en el estado actual, se trata de un texto normativo manifiestamente mejorable, por lo que tenemos el máximo interés de participar en el trámite de alegaciones y aportar nuestro parecer, estando siempre el interés general de los vecinos y vecinas por encima de todo”.

Por ello, el Grupo Municipal Socialista PSC-PSOE ha presentado en el Registro del Ayuntamiento un documento con todas las reclamaciones y sugerencias al texto de la mencionada Ordenanza Municipal, que entendemos necesarias para el adecuado desarrollo de dicha actividad.

Entre otras, hemos presentado reclamaciones respecto de la ausencia de una Exposición de Motivos que contenga los antecedentes fácticos y el objeto de regulación que ha llevado al Equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Valle Gran Rey a redactar y aprobar esta Ordenanza Municipal. En cuanto al número de licencias a conceder por el Ayuntamiento y el establecimiento de los días, horarios y lugares de venta, creemos que no pueden determinarse conforme a criterios subjetivos o discrecionales. Por ello, los socialistas proponemos que esa decisión se tome en base a un Estudio Social y de Mercado, que valore objetivamente las necesidades del Municipio al respecto.

 

Además, reclamamos que las autorizaciones para ejercer esta actividad deben ser transmisibles, ya que así lo dispone el Art. 3.2 del Real Decreto 199/2010, de 26 de febrero, por el que se regula el Ejercicio de la Venta Ambulante o no sedentaria, y que se otorgue la posibilidad de nombrar sujetos autorizados en situaciones sobrevenidas que padezca el titular de la autorización, como enfermedades o incapacidades.

 

En cuanto a la concesión de la autorización mediante concurso, desde el Grupo Municipal Socialista entendemos que ese procedimiento debe desarrollarse conforme a criterios claros, sencillos, objetivos y predecibles, respetando siempre el régimen de concurrencia competitiva. Entre otros, proponemos los siguientes criterios: experiencia demostrada en el ejercicio de la profesión, grado de inversión e infraestructuras disponibles, dificultades para el acceso al mercado laboral del solicitante, aportación de productos con déficit de oferta en los establecimientos comerciales permanentes del Municipio, etc.

 

Esta Ordenanza Municipal dispone la prohibición de la utilización de aparatos de megafonía susceptibles de producir molestias a los vecinos. Los socialistas, aunque comprendemos que el uso de equipos de megafonía puede llegar a causar algunas molestias, también entendemos, que la venta ambulante, por su propia naturaleza, requiere normalmente de un reclamo acústico para su adecuado desarrollo. Por ello, desde el Grupo Municipal Socialista hemos propuesto la supresión de esta prohibición y su sustitución por el establecimiento de un horario que permita la conciliación entre el legítimo derecho al descanso de la población y el efectivo ejercicio de la actividad comercial de venta ambulante.

 

Finalmente, desde el Grupo Municipal Socialista PSC-PSOE esperamos que dichas reclamaciones y sugerencias sean debidamente atendidas por el Equipo de Gobierno de este Ayuntamiento, para así poder afirmar que “el interés general de los vecinos y vecinas se mantiene por encima de todo”.