Iluminada Ilustración
Alonso Trujillo-Mora.- La Ilustración no es un suceso concreto, sino un movimiento histórico complejo, filosófico, político, económico y social, también llamado <<las luces>> o <<iluminismo>>. Con él se hace famosa la expresión latina sapere aude!, (¡atrévete a saber!). El hombre se invita a sí mismo a “saber”, a “conocer” y, así, se pretende conseguir una expansión del conocimiento semejante a la luz cuando brilla libremente y destruye las zonas de tinieblas, es decir, de ignorancia. Mensajeras de la Ilustración lo fueron las sociedades secretas de la época: las efervescentes logias masónicas. Se abre así una época histórica.
El gran monumento intelectual de la Ilustración es la Enciclopedia y los principales puntos de referencia de la Enciclopedia fueron los filósofos ingleses sir Francis Bacon, Canciller de Inglaterra (Instauratio Magna; Dignidad y Progreso de la Ciencia; Nueva Atlantida) y John Locke (Epístola sobre la Tolerancia y Dos tratados sobre el Gobierno). La Enciclopedia, como compilación sistemática de conocimientos, fue dirigida por Diderot y D’Elambert. Sus autores contribuyeron decisivamente a erradicar el viejo statu quo político y a preparar las futuras democracias parlamentarias. Un legado intelectual de la Ilustración fue la munición ideológica que proporcionó a los movimientos revolucionarios liberales y a sus consecuentes procesos constituyentes durante los siglos XVIII y XIX.
Se llamaban philosophes, pero no eran pensadores solitarios que crearan sistemas de difícil comprensión; antes bien, escribieron elegantes ensayos dirigidos al gran público, sátiras, diatribas, interesantes novelas e ingeniosos diálogos. Eran escritores que filosofaban y se llamaban Diderot, D’Alambert, Holbach, Helvétius y –el maestro de todos ellos- Francois Mª. Arouet, conocido como Voltaire (Cartas Inglesas). Estos ilustrados anticiparon la figura del intelectual: un tipo, un sujeto (no es mi caso), sin lealtad a nada, excepto a su propia razón; crítico frente a la autoridad, sobre todo frente a los poderosos; burlón, mordaz, satírico, cáustico, polemista y desenmascarador. No era un erudito, su preocupación era el presente; no era un académico, su estilo era periodístico. Se interesaba por las corruptas o absurdas acciones políticas de los gobiernos y por los defectos de la sociedad. Aclamaba a la razón y la convertía en el tribunal supremo de la entera organización social. Éstos intelectuales declararon la guerra a los mitos, los dogmas y las supersticiones considerando a la Iglesia como la representante del oscurantismo. Uno de sus objetivos era sustituir la religión por la ciencia y la fe por la razón. Así, con su irreverencia los philosophes transformaron desde Paris el clima intelectual de Europa, penetrando tan profundamente en la cultura como anteriormente lo había hecho la Reforma Protestante. ¡Gloriosa Ilustración!
Se considera como un prototipo histórico de los derechos constitucionales “La Carta Magna” promulgada en 1.215 por el rey Juan I de Inglaterra, conocido como Juan sin Tierra. En ella se establecen los límites del poder frente a los súbditos y el derecho a un juicio justo. Aunque éste documento supuso un avance muy positivo, durante la alta Edad Media se continuó considerando la vida humana como algo con muy poco valor, debido al adoctrinamiento de la Iglesia que concebía la existencia humana como un tránsito terrenal hacia un mundo escatológico de ultratumba.
La concreción real de lo que posteriormente serían los derechos humanos se produjo fundamentalmente durante la Ilustración. Montesquieu (El Espíritu de las Leyes) definió la libertad como el derecho a hacer todo lo que las leyes nos permiten; en una sociedad libre nadie debe ser obligado a obrar de un modo determinado si la ley le permite su propia inclinación. Las ideas de Montesquieu acerca de limitar el poder absoluto de los monarcas estableciendo una separación y un equilibrio de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial, tuvieron influencia en América, Francia y España, en menor medida, tal y como se puede ver en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano.
Por otro lado, Rousseau (El Contrato Social) denunció la injusticia y la desigualdad afirmando que solo a la ley deben los hombres la justicia y la libertad. Evidentemente, esta definición solo tiene vigencia si la ley es expresión de la voluntad general; además, un gobierno es legítimo en la medida que sirva al bien común, de tal manera que, al seguir la ley, cada hombre obedece a su propia razón y a su propio juicio. Las teorías de Rousseau suponen un precedente de los Derechos Humanos al plantear el sometimiento de los hombres a la voluntad general desde el postulado de la igualdad colectiva.
“La Declaración de Independencia de los Estados Unidos de América”, con gran influencia de la filosofía de John Locke, redactada por Thomas Jefferson, proclamó en Philadelfia el 4 de julio de 1.776: sostenemos como verdadera evidencia que todos los hombres nacen iguales, que están dotados por su Creador de ciertos derechos inalienables, entre los cuales se encuentra el derecho a la vida, a la libertad y a la búsqueda de la felicidad…
“La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano” se proclamaría durante la Revolución Francesa por la Asamblea Nacional Constituyente el 27 de agosto de 1.789. En ella se definirían los derechos básicos del hombre, que se consideraban derechos naturales, como la libertad individual, de pensamiento, de prensa y de credo, la igualdad, la seguridad y el respeto a la vida y a la propiedad.
“La Constitución Política de la Monarquía Española”, promulgada por las Cortes de Cádiz el 19 de marzo de 1.812, recoge los postulados filosóficos de la Ilustración y los principios políticos liberales. Obliga a los españoles a ser justos y benéficos y al Gobierno a procurar la felicidad de la Nación (una especie de precedente del estado de bienestar).
“La Declaración Universal de los Derechos Humanos” fue aprobada el 10 de diciembre de 1.948 por la Asamblea General de las Naciones Unidas. En la actualidad se habla de tres generaciones de derechos humanos: los derechos de primera generación, son los que exigieron los revolucionarios liberales de los siglos XVIII y XIX; son derecho civiles y políticos como la libertad, seguridad, garantías procesales en un juicio justo, el derecho al voto y a la propiedad. Los derechos de segunda generación, corresponden a las exigencias de los movimientos obreros: derechos económicos (protección contra el desempleo, salario digno y descanso), a la educación y el disfrute de los bienes culturales, a la sanidad y vivienda. Los derechos de tercera generación, han surgido debido a dos factores, por un lado, el cambio de valores de las sociedades y, por otro, la nueva organización nacional e internacional. Son, entre otros, el derecho a vivir en paz, a tener un medio ambiente no contaminado o el derecho al desarrollo de los pueblos que se encuentren en situaciones de atraso económico y cultural. También se engloban aquí los derechos de la infancia, de los menesterosos, de los trabajadores emigrantes y los derechos de las minorías étnicas y religiosas. Así como la igualdad política y jurídica de la mujer.
P.D.- Éste artículo pretende ser como un presente en diferido a mis lectores, por éstas fiestas navideñas.