Sentencia Individual de Estrasburo
Pero nuestro Gobierno había hecho un acuerdo vergonzoso previo con el entorno etarra para sacar presos a la calle.
Estrasburgo ha dictado la sentencia que quería nuestro Gobierno. Sólo afectaba a un caso concreto, a la terrorista Río Prada, pues se trataba de una Sentencia Individual, así matizada por Estrasburgo que, expresamente, no deseaba se hiciera extensiva a otros casos. Cuando así lo estima, por existir varias demandas, dicta lo que ese Tribunal llama una Sentencia Piloto.
Pero nuestro Gobierno había hecho un acuerdo vergonzoso previo con el entorno etarra para sacar presos a la calle, y a cuya lista añadió otros criminales ajenos a ese mundo, a fin de cubrir las apariencias, y engañar al pueblo. Puso a la terrorista en la calle a toda prisa, sin esperar a recibir la sentencia escrita, y la hizo extensiva al mundo criminal mencionado, lo cual es rotundamente ilegal.
No son capaces de decir la verdad al pueblo, obligación que contrajeron con quienes los eligieron, y les pagan. Esa sentencia jamás debió ser cumplida. Las interpretaciones torticeras intentan explicar algo, pero no justifican nada. De no haber cumplido la Sentencia Individual de Estrasburo, no hubiera pasado nada, pues el primero en entenderlo habría sido, curiosamente, el propio Organismo europeo.
Hubo un caso similar en Inglaterra, donde el Gobierno inglés, se negó a cumplir una sentencia de Estrasburgo, argumentando que los criminales peligrosos seguirían en prisión, y que, por lo tanto, no había lugar a su liberación. Estrasburgo no tuvo más remedio que aceptarlo, y tampoco pasó nada. Puestos a incumplir, Inglaterra (país fuerte donde los haya) tampoco cumplió la sentencia de las Naciones Unidas de 1.946 que ordenaba la devolución de Gibraltar a España, y miren ustedes por dónde va esa vergüenza.