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domingo, 24 de noviembre de 2024 00:00h.

Cuando Arure casi fue Vallehermoso

Por Miguel Ángel Hernández Méndez.- El antiguo municipio de Arure abarcaba el actual territorio que ocupa el de Valle Gran Rey, a excepción de la margen izquierda, según se baja, del barranco de Valle Gran Rey que pertenecía al de Chipude.

En estos tiempos en que los municipios tienen que acomodarse al nuevo marco organizativo que conlleva la Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, y que tanto se ha hablado de la supresión y fusión de ayuntamientos, no está mal adentrarnos un poco en la historia de los municipios gomeros y en ese momento en que el de Arure casi fue Vallehermoso.

Los Ayuntamientos modernos surgen a partir de la Constitución de 1812, siendo en  1836, cuando desaparece el modelo municipal del Antiguo Régimen, basado en el Cabildo-Isla, y se consolidan los actuales ayuntamientos, entre los que se encontraba el de Arure.

El antiguo municipio de Arure abarcaba el actual territorio que ocupa el de Valle Gran Rey, a excepción de la margen izquierda, según se baja, del barranco de Valle Gran Rey que pertenecía al de Chipude. La linde se establecía en la mitad del cauce del barranco. Correspondía esto a una división creada desde los primeros tiempos del señorío, puesto que Arure y Chipude, aunque unidos en lo espiritual bajo la parroquia de Ntra. Señora de La Candelaria –creada en 1655-, en lo político, tenían alcaldes pedáneos diferentes.

Desde el mismo momento de su creación la situación de ambos ayuntamientos fue crítica, por su penuria económica. De hecho el de Chipude terminaría por desaparecer como municipio independiente en 1854, debido a las presiones de los propietarios absentistas residentes en Vallehermoso que acabaron agregándolo a este último. 

En el término de Arure la propiedad de la tierra también estaba en manos de vecinos de Vallehermoso, y en el barranco de Valle Gran Rey los descendientes de la familia condal seguían siendo los principales propietarios. Esta estructura de la propiedad, unida a la crítica situación económica, hace que la desaparición de este municipio, como entidad independiente, fuera una amenaza permanente. 

La situación llega a un punto álgido en 1879, cuando los responsables del Ayuntamiento de Arure, que contaba con una población 1.207 habitantes, se dirigen a la Diputación Provincial, exponiendo que no disponían de los recursos necesarios para hacer frente a los gastos obligatorios del presupuesto municipal. La respuesta de la Diputación fue, que de ser cierta esa situación, el Ayuntamiento debía pedir la supresión del municipio, y la agregación al pueblo que más le conviniera, de los que fueran limítrofes.

Alarmados ante la más que evidente posibilidad de supresión del municipio y su incorporación al de Vallehermoso, el 11 de julio de ese año, un grupo de vecinos envían una carta a la Diputación Provincial, solicitando que no desaparezca el municipio de Arure, comprometiéndose ellos mismos a aportar los fondos para equilibrar el presupuesto municipal.


Excma: Diputación Provincial de estas Islas.
    Los que suscriben, vecinos de este pueblo de Arure en la isla de la Gomera, provistos de nuestras correspondientes cédulas personales a V. E. respetuosamente exponemos: Que tenemos entendido que el I. Ayuntamiento de esta localidad antes de constituirse el actual, dirigió a V. E. solicitud pidiendo su supresión y agregación al de Vallehermoso en esta propia Isla, y si así ha sucedido el vecindario ignora absolutamente de que á tal situación nos quiera reducir dicha corporación.
    Conocemos Excmo. Sor. los graves perjuicios que tal supresión nos irroga y convencidos de ellos, como que al Ayuntamiento no podrá guiarle otro móvil que el carecimiento de medios para cubrir las atenciones del mismo cuerpo, estamos dispuestos con sacrificios de nuestros cortos haberes á contribuir voluntariamente á la solvencia del déficit después de agotarse los recursos ordinarios y extraordinarios que las leyes vigentes ponen á disposición de los municipios para cubrir sus cargas; no conviniendo de manera alguna que nuestro Ayuntamiento se suprima.

    La ley municipal no concede sólo á las corporaciones municipales, el derecho de solicitar su supresión y que sólo con este procedimiento la obtengan; necesitan también que los vecinos del pueblo, de cuya supresión se trata coadyuven y presten conformidad á las exigencias y acuerdos de los Ayuntamientos en este grave y trascendental asunto, para que lo pueda así decretar la Superioridad á quien competa: pues bien, los que tenemos la honra de dirigirnos á V. E. no solo no estamos conformes en lo que dicho Ayuntamiento solicita sino que resueltamente nos oponemos a que se realice la segregación de este citado Ayuntamiento, y confiamos en que así se efectuará por que V. E. es fiel ejecutor de las prescripciones de la Ley y por que nosotros estamos dispuestos a llenar los requisitos que la misma señala para evitarse la supresión, cual es la de constituirnos como antes hemos significado, de nivelar el presupuesto municipal con los ingresos voluntarios que proponemos.
    Por tanto:
    Suplicamos á V. E. que habiendo esta por presentada se digne a tenerla en consideración para el caso de que el predicho Ayuntamiento haya pedido su segregación e insista en ello no se obre en conformidad; pues faltando el requisito de que los vecinos disentimos de esta pretensión es suficiente motivo para no otorgarla. Así lo esperamos de la rectitud con que V. E. se distingue en todos sus actos.

    
No resulta casual que al año siguiente, la capitalidad municipal, que estaba en Arure, fuera trasladada a La Calera. Para ello y en colaboración con el secretario del Ayuntamiento, el alcalde contrató los servicios de un pastor y liando en una manta la mermada documentación municipal, trasladó ésta a La Calera, a espaldas de los vecinos de Arure.

Imágenes:
Fondo Fotográfico de la A.F. Chácaras y Tambores de Guadá.

Sobre el autor: 

D. Miguel Ángel Hernández Méndez es Alcalde del Ayuntamiento de Valle Gran Rey