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lunes, 16 de diciembre de 2024 09:31h.

EL SENADOR POR LA GOMERA INSTA AL GOBIERNO A NO PROLONGAR MáS ALLá DE MAYO LA ACREDITACIóN DE RESIDENCIA A TRAVéS DE DNI PARA PODER VIAJAR

Gregorio Medina considera no prolongar más allá de mayo la acreditación de residencia a través de DNI para poder viajar

Gregorio Medina considera que “no existen razones que justifiquen conceder a las compañías aéreas y marítimas casi un año para integrarse al sistema telemático de acreditación

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El senador por La Gomera, Gregorio Medina Tomé ha presentado una moción ante la Cámara Alta para solicitar  al Gobierno de España que se modifique la Disposición Transitoria Primera del Real Decreto Ley de 24 de enero, en el sentido de que no se tenga que esperar al mes de noviembre para que los ciudadanos puedan acreditar su residencia con el Documento Nacional de Identidad, de tal forma que la integración en el sistema telemático de acreditación de residencia a la hora de emisión de billetes aéreos y marítimos subvencionados por razones de residencia en Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla, se produzca no más allá del 31 de mayo del presente año, y no como tiene previsto el Ejecutivo  hasta el 1 de noviembre de 2014.

Medina Tomé.  recuerda que en el año 2012 se estableció,  que a partir del 1 de septiembre y con efectos indefinidos, era necesario la condición de residente en esas localidades anteriormente mencionadas a los efectos de poder obtener bonificación al transporte regular de pasajeros a través de una acreditación mediante el Certificado de Empadronamiento en vigor. 

A partir de ese momento, el Documento Nacional de Identidad (DNI) dejaba de ser en esos territorios y más de ocho años después, el documento suficiente para acreditar la residencia de quienes podrían tener derecho a esas bonificaciones. 

El Senador señala,  que posteriormente,  mediante otro decreto ley de fecha 24 de enero de este año, el Gobierno modifica nuevamente la disposición adicional del RDL de 2012  considerando ahora que los ciudadanos españoles, de los Estados miembros de la Unión Europea o de los demás Estados firmantes del Acuerdo sobre El Espacio Económico Europeo o Suiza, el documento acreditativo será el DNI o pasaporte den vigor. 

“Es decir –afirma Gregorio Medina—que el Gobierno cambia nuevamente de criterio y el certificado de empadronamientos deja ahora de ser documento obligatorio de acreditación de la residencia,  y el DNI o Pasaporte vuelve a recuperar, dieciséis meses después, el protagonismo perdido, aunque seríamos más precisos si habláramos de 26 meses después, pues el Gobierno “para asegurar la correcta implementación de integridad del sistema telemático” concede a las compañías y a sus agentes un período transitorio hasta el 1 de noviembre.

Ello quiere  decir,  que la efectividad de la nueva fórmula de acreditación surtirá efectos prácticos diez meses después de su aprobación, mientras que cuando se obligó a la presentación del certificado acreditativo de residencia mediante el empadronamiento, sólo tres meses mediaron entre su aprobación y su entrada en vigor. 

Medina cree que “no existe y no se puede entender ninguna razón que justifique conceder a las compañías aéreas y marítimas casi un año para integrarse al sistema telemático requerido de acreditación mientras los ciudadanos padecen esta situación, y es por lo que solicitamos un adelantamiento de ese plazo para el próximo 31 de mayo.