Buscar
lunes, 16 de diciembre de 2024 09:30h.

Los Guardias Civiles molestos porque se les aplicará el Código Penal Militar

 Todos se empeñan en lo mismo, en no distinguir lo que es un Cuerpo Policial de carácter militar, con lo que son las Fuerzas Armadas.

OBJ4372348_1--644x362

La Asociación Española de Guardias Civiles (AEGC), asociación que engloba todas las escalas y empleos de la Guardia Civil, por medio del presente comunicado hace constar:

Primero.- El malestar y la decepción existente entre los miembros de la Guardia Civil por la aprobación ayer en el congreso de los diputados la aplicación del Código Penal Militar a los miembros de la misma.

Segundo.- Una vez más a quedado patente el poco conocimiento de los políticos de este país, sobre la idiosincrasia del cuerpo más valorado por el ciudadano,  somos el Cuerpo más veces descubierto, cada vez que un gobierno nuevo llega descubre la Guardia Civil. Sin embargo todos se empeñan en lo mismo, en NO DISTINGUIR lo que es un CUERPO POLICIAL CON CARACTER MILITAR, con lo que son las FUERZAS ARMADAS.

Tercero.- La AEGC, que no ha cuestionado el carácter Militar de la Guardia Civil, siempre ha defendido y así lo hizo en el Pleno del Consejo y  posteriormente Grupo de Trabajo que se llevó a cabo en el mismo, que la aplicación del Código Penal Militar debía ser UNICA Y EXCLUSIVAMENTE PARA MISIONES DE CARÁCTER MILITAR o MISIONES INTERNACIONALES, PERO NUNCA CUANDO LA GUARDIA CIVIL REALIZA FUNCIONES POLICIALES.

Nosotros creemos y lo expusimos en las alegaciones del mencionado grupo de trabajo, que la aplicación del mismo en tareas policiales va en DETRIMENTO DE LA EFICACIA COMO CUERPO POLICIAL y en definitiva repercute en la labor prestada al propio ciudadano, al ver coartada la capacidad de decisión de los propios agentes.

Cuarto.- Desde AEGC una vez más pedimos que se tenga sentido común, se recapacité y no se lleve a efecto la aplicación del mismo a los Guardias Civiles cuando realicen funciones propias de POLICIA, dado que nosotros tenemos un REGIMEN DISCIPLINARIO PROPIO y es el que se debe aplicar. 

Dejando la aplicación del Codigo Penal Militar UNICA Y EXCLUSIVAMENTE cuando se realicen funciones de CARÁCTER MILITAR. No olvidemos que la GUARDIA CIVIL ES UN CUERPO POLICIAL FUNDAMENTALMENTE y no forma parte de las Fuerzas Armadas.