El Ayuntamiento de Alajeró abre el plazo para solicitar las ayudas para adquisición de libros de textos
El Ayuntamiento de Alajeró ha abierto el plazo para solicitar las ayudas económicas para la adquisición de libro de texto de alumnos que cursen sus enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil en centros educativos del municipio durante el presente curso escolar 2023/2024.
Serán beneficiarios sus padres o las personas bajo cuya dependencia se encuentren los menores, cumpliendo los requisitos establecidos por las leyes correspondientes en este sentido.
El Ayuntamiento de Alajeró lleva muchos años incorporando a su gestión este tipo de ayudas enmarcadas dentro de otras de similares características para el apoyo de los estudiantes del municipio.
Los requisitos para poder acceder a ellas incluyen la necesidad de estar empadronados en la localidad con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria tanto el alumno o alumna como sus respectivos padres y madres.
Se debe estar matriculado en los centros escolares del término municipal –CEO Santiago Apóstol o CEIP Alajeró en la modalidad educativa de Educación Infantil – Segundo Ciclo en el presente curso así como encontrarse al corriente con las obligaciones tributarias con la Hacienda Municipal (asunto éste junto al del empadronamiento que será comprobado de oficio por el propio Ayuntamiento) y justificar mediante factura el gasto de los correspondientes libros de texto.
El plazo para presentar las solicitudes será de 20 días hábiles que cuentan desde el siguiente día de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Es decir desde el 21 de septiembre al 20 de octubre de 2023.
Con respecto a la documentación que se debe presentar junto al modelo de solicitud y sobre la factura de los libros, ésta debe ser emitida por la librería expresando claramente el importe, estar a nombre del solicitante de la subvención e indicando el nombre del alumno o alumna beneficiaria de la misma. En el propio impreso de solicitud debe figurar también el número de cuenta corriente cuyo titular debe ser el mismo solicitante. Debe acompañarse también documento donde conste la titularidad de la cuenta como fotocopia de la cartilla bancaria o documento acreditativo expedido por la entidad financiera. Así como DNI, NIF o Pasaporte del
solicitante en vigor y declaración responsable según el modelo que se proporcionará por el Consistorio de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones establecidas por la legislación.
Tanto en el propio Ayuntamiento como en las oficinas municipales se aportará toda la documentación necesaria así como explicación a aquellas dudas que puedan surgir a los solicitantes.