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lunes, 16 de diciembre de 2024 09:31h.

El Cabildo de La Gomera autoriza la apertura de los campos de entrenamiento de perros de caza en julio

El Boletín Oficial de Canarias (BOC) publica hoy un anuncio con la correspondiente normativa
Perros de caza, Foto de José García

El Cabildo Insular de La Gomera publica hoy en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) la autorización de apertura de los campos de entrenamiento y adiestramiento para perros conejeros y perdiceros a partir del mes de julio. En este sentido, para perros conejeros se autoriza la apertura desde el día 1 de julio al 31 del mismo mes, en todos los campos de entrenamientos y todos los días y para perros perdiceros, desde el 1 hasta el 15 de julio, en campos de entrenamientos, reservas y refugios, y desde el día 15 de julio al 31 de diciembre durante todos los días en todas las zonas de caza controlada.

Asimismo, el anuncio del BOC mantiene que los campos de entrenamiento autorizados son los siguientes: Vega del Conde-El Higueral (San Sebastián),  Quise (Alajeró), Hondura (Vallehermoso), Arure (Valle Gran Rey) y El Moralito-La Caleta (Hermigua). Dicha autorización queda condicionada al inexcusable cumplimiento de que todos los usuarios de los campos de entrenamiento estén en posesión de la documentación reglamentaria. El acceso de los perros a los campos de entrenamiento deberá estar debidamente controlado.

Toda pieza de caza cobrada accidentalmente será entregada a los Agentes de Medio Ambiente del Cabildo Insular de La Gomera, Guardia Civil o Guarda de Caza del Consorcio de Sociedades de Cazadores de la isla de La Gomera, quienes la entregarán, previo recibo, al centro benéfico más próximo. En cuanto a la circulación de vehículos, con el fin de aumentar la seguridad y vigilancia, se tomarán las medidas oportunas para evitar el uso abusivo y el bloqueo de los caminos, prohibiéndose el tránsito fuera de las pistas de acceso.

Los límites de los campos estarán ajustados, en la medida de lo posible, a accidentes naturales, topográficos, vías, caminos, etc, que redunden en el beneficio de una mejor identificación y menor confusión a los cazadores. Los campos de entrenamiento deberán estar debidamente señalizados en los accesos principales, de señales de primer orden con la siguiente leyenda Zona de adiestramiento de perros de caza y con la inclusión del mapa de situación de los distintos campos.

Por último, no estará permitido entrenar auxiliándose con palos u otros objetos y acosar a los conejos para facilitar su captura, queda prohibido el uso de hurón en los campos de entrenamiento y se incide en obligación de no transitar con perros sueltos por las zonas de seguridad.