Buscar
viernes, 15 de noviembre de 2024 12:37h.

Desaparece el permiso obligatorio para conducir ambulancias o taxis

La autorización para este tipo de vehículos quedará incluida en el Permiso Único Comunitario a partir de 1 de enero del año próximo

ambulancia

El permiso de conducción de la clase BTP, solo existente en España y con validez exclusivamente en el territorio nacional, se suprime a partir del 1 de enero de 2016 para adaptarse a las categorías de permisos existentes en el Permiso Único Europeo de Conducción, común en los 28 estados de la Unión.

Según ha informado la Dirección General de Tráfico (DGT), el motivo que justifica su eliminación es que los tipos de vehículos a los que autoriza a conducir la categoría BTP podrán conducirse con otras categorías ya recogidas en el Permiso Único Comunitario, a partir de la entrada en vigor de la modificación reglamentaria.

El actual permiso BTP autoriza “a conducir vehículos prioritarios cuando circulen en servicio urgente, vehículos que realicen transporte escolar cuando transporten escolares y vehículos destinados al transporte de viajeros en servicio de tal naturaleza, todos ellos con una masa máxima autorizada no superior a 3.500 kilogramos y su número de asientos, incluido el conductor, no exceda de nueve“.

Los titulares de este permiso podrán seguir conduciendo los vehículos para los que antes se requería el BTP, con independencia de que deban cumplir los requisitos que pudieran establecer las normas sectoriales correspondientes para el desempeño de estos servicios (taxis, ambulancias, policías), siempre que mantengan en vigor la categoría del permiso de conducción exigida en función del vehículos de que se trate.

Además, dichos titulares continuarán con el mismo permiso de conducción, en el que figura la categoría BTP, hasta que les caduque el permiso de la categoría B. Cuando lo renueven, en el nuevo documento ya no figurará la mención BTP.

La supresión de esta clase de permiso quedará reflejada en el Reglamento General de Conductores, a través de la publicación en el BOE de un Real Decreto que incluya dicha modificación e incorpore al ordenamiento español la Directiva 2014/85/UE sobre el permiso de conducción y cuya fecha límite para trasponerla es el 31 de diciembre de 2015.